Sindicato 2 Universidad de Concepción
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El sindicato N° 2 de Docentes de la Universidad de Concepción, Área de la Salud, tiene por objeto preferente fomentar y defender los intereses de sus socios y en especial:

Representar a los Socios
En las diversas instancias de la negociación colectiva, suscribir los instrumentos colectivos del trabajo que corresponda, velar por sus cumplimientos y hacer valer los derechos que de ellos nazcan.
Representar a sus Socios
En el ejercicio de los derechos emanados de los contratos individuales de trabajo, cuando sean requeridos por ellos. No será necesario requerimientos de los afectados para que los representen en el ejercicio de los derechos de emanados de los instrumentos colectivos de trabajo y cuando se reclame de las infracciones legales o contractuales que afecten a la generalidad de sus socios. En ningún caso podrán percibir las remuneraciones de sus socios.
Velar por el cumplimiento
De las leyes del trabajo o de la seguridad social, denunciar sus infracciones ante las autoridades administrativas o judiciales, actuar como parte en los juicios o reclamaciones a que den lugar la aplicación de multas u otras sanciones.
Actuar como Parte
En los juicios o reclamaciones, de carácter judicial o administrativo que tengan por objeto denunciar prácticas desleales o antisindicales. En general, asumir la representación del interés social comprometido por la inobservancia de las leyes de protección, establecidas a favor de sus socios, conjunta o separadamente de los servicios estatales respectivos.
Prestar Ayuda
A sus socios y promover la cooperación mutua entre los mismos, estimular su convivencia humana e integral y proporcionarles recreación.
Promover la Educación
Gremial técnica y general de sus socios y, en particular, promover la constitución de comités bipartitos de capacitación, en el marco de la ley N° 19.518.
Canalizar
Inquietudes y necesidades de integración de sus socios respecto de la empresa y de su trabajo.
Propender al mejoramiento
De sistemas de prevención de riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, sin perjuicio de la competencia de los comités Paritarios de Higiene y Seguridad, pudiendo además formular planteamientos y peticiones ante éstos y exigir su pronunciamiento.
Constituir
Concurrir a la constitución o asociarse a mutualidades, fondos u otros servicios y participar en ellos. Estos servicios pueden consistir en asesorías técnicas, jurídicas, educacionales, culturales, de promoción socioeconómicas y otras.
Constituir
Concurrir a la constitución o asociarse a instituciones de carácter previsional o de salud, cualquiera sea su naturaleza jurídica y participar de ellas.
Propender
Al mejoramiento de la calidad del empleo.
Efectuar Actividades Económicas
Para incrementar el patrimonio de la organización, directamente o a través de su participación en sociedades.
En General
Realizar todas aquellas actividades aprobadas por la Asamblea de socios y que no estuvieren prohibidas por la ley.